Desde el mes de mayo del año 2023, se estableció como obligación patronal, registrar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a las personas trabajadoras del hogar. Esto, con la finalidad de proporcionarles seguridad social y otras prestaciones de las cuales, carecieron durante muchos años.
En este sentido, es necesario definir quiénes son las personas trabajadoras del hogar. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en su Artículo 331, se establece que las personas trabajadoras del hogar son todas aquellas que trabajen para una persona empleadora, residan o no, en el domicilio donde realizan sus actividades laborales.
Esto, siempre y cuando no realice esta actividad de forma ocasional.
¿Cuáles son los beneficios para los afiliados?
Contar con el registro como trabajador ante el IMSS, les permite tener acceso a servicios médicos, hospitalarios y medicamente; así como a servicios de guardería y apoyos para gastos funerarios. Cabe mencionar que algunos de estos beneficios se extienden a sus hijos y cónyuges.
¿Qué pasa si no registra al empleado?
El empleador podría ser sancionado con una multa, que podría ir de las 20 a las 350 veces, la Unidad de Medida de Actualización.

